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sábado, 2 de agosto de 2008

Derechos del cliente-consumidor


La reglamentación vigente en España es la Ley 26/1984, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta ley se considera como marco jurídico estatal básico en materia de consumo. En línea con los principios y directrices vigentes en esta materia en la Unión Europea, «aspira a dotar a los consumidores y usuarios de un instrumento legal de protección y defensa». Sus objetivos son: Establecer, sobre bases firmes y directas, los procedimientos eficaces para la defensa de los consumidores y usuarios. Disponer del marco legal adecuado para favorecer un desarrollo óptimo del movimiento asociativo en este campo. Declarar los principios, criterios, obligaciones y derechos que configuran la defensa de los consumidores y usuarios y que, en el ámbito de sus competencias, habrán de ser tenidos en cuenta por los poderes públicos en las actuaciones y desarrollos futuros en el marco de la doctrina asentada por el Tribunal Constitucional. Pensamos que aún existen lagunas legislativas que cubrir y demasiados desequilibrios en las relaciones entre empresas y consumidores, por ello es importante hacer valer nuestros derechos como consumidores y reclamar cuando sea preciso, a pesar de estar más sensibilizados con el tema. La cultura como cliente-consumidor es una asignatura que todavía se tiene pendiente en la actualidad, y sólo a través de las instituciones y organismos de protección correspondientes se pueden realizar las posibles reclamaciones. Lógicamente el primer paso es acudir a la compañía para realizar la reclamación y, tan sólo si no recibimos la adecuada respuesta a nuestra queja, intervienen otros estamentos entre los que destacamos las Omic (Oficina Municipal de Información al Consumidor), la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), etc.

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